Un jurado popular declaró culpable a Roberto Daniel Sánchez por el homicidio de Azul Semeñenko, la mujer trans asesinada en septiembre de 2025 en la ciudad de Neuquén, informó la agencia NA. El fallo, difundido por el presidente del jurado tras la deliberación de los 12 ciudadanos, consideró que el crimen estuvo motivado por odio a la identidad de género y determinó varias calificaciones agravantes.
Detalles del veredicto y las calificaciones
Según la resolución, el jurado halló a Sánchez culpable de homicidio triplemente calificado:
- Ensñañamiento (calificación unánime).
- Homicidio motivado por odio a la identidad de género (10 votos contra 2).
- Cometer el delito siendo un hombre contra una mujer con violencia de género (unanimidad).
La acusación del Ministerio Público Fiscal (MPF) sostiene que el hecho ocurrió en la madrugada del 25 de septiembre de 2025 en el domicilio del imputado en la calle Copahue al 1.100. De acuerdo con la pesquisa fiscal, el acusado abordó a la víctima cuando ella ofrecía servicios sexuales en la esquina de Félix San Martín y Santa Cruz; luego la trasladó a su vivienda, donde la agredió con objetos contundentes y la atacó con un arma blanca.
"Sánchez no mató a Azul por algo que hizo; Sánchez mató a Azul por lo que era", dijo el fiscal jefe Juan Agustín García, según consta en el alegato de cierre.
El cuerpo de Semeñenko fue hallado el 14 de octubre por transeúntes en un canal de desagüe en la calle Pergamino. La instrucción fiscal señaló que el cadáver estaba envuelto en una lona y atado con alambres, y que presentaba múltiples heridas y una hemorragia interna masiva que afectó el corazón y la aorta torácica.
Próximos pasos procesales y consecuencias legales
Tras el veredicto, la Oficina Judicial fijará la fecha para la audiencia de cesura en la que se determinará la pena que enfrentará Sánchez. El delito por el que fue declarado culpable prevé prisión perpetua en caso de confirmarse la pena máxima establecida por la normativa penal.
La fiscalía, representada en el juicio por el fiscal jefe Juan Agustín García, había solicitado la condena durante los alegatos de clausura. El apoyo a esa petición lo expresaron los abogados que actuaron por la familia de la víctima, Fernando Gómez y Shirley Sarasola, según la información difundida por NA.
| Aspecto | Resultado |
|---|---|
| Jurados | 12 personas |
| Ensñañamiento | Unanimidad |
| Odio a la identidad de género | 10 a favor, 2 en contra |
| Violencia de género (hombre contra mujer) | Unanimidad |
Impacto local y lectura política
El veredicto marca un hito en la investigación y el juzgamiento de crímenes de odio en la provincia. Para la comunidad trans y organizaciones de derechos humanos en Neuquén, la sentencia representa un reconocimiento judicial de la motivación vinculada a la identidad de género, una consideración que altera la calificación y la posible pena. Desde el punto de vista institucional, la resolución confirma la ruta penal seguida por el MPF y la pertinencia de llevar casos de violencia estructural ante un jurado popular.
En términos prácticos, la fijación de la fecha de cesura será relevante para la familia de la víctima y para la sociedad local, que seguirá de cerca el cierre del proceso y la eventual imposición de la pena. Asimismo, el caso podrá incidir en políticas públicas locales relacionadas con prevención de violencias, atención a trabajadoras sexuales y medidas de protección para personas trans.
El Estado judicial de Neuquén continúa el trámite previsto: el veredicto quedó consumado y el paso siguiente es la audiencia en la que el juez determinará la condena conforme a la legislación vigente.